IVA y cumplimiento de tu piso turístico, resueltos
Si el IVA del 10% llega a las estancias cortas, cada reserva necesitará su factura y cada trimestre, su modelo 303. Nosotros preparamos la parte operativa desde nuestro sistema de reservas y la coordinamos con nuestra asesoría colaboradora. Tú revisas y firmas; no persigues papeles.
Dónde está el IVA hoy
El Real Decreto-ley 29/2026 (BOE de 7 de octubre de 2026) somete al 10% de IVA, desde el 1 de diciembre de 2026, el alquiler de viviendas amuebladas por estancias de hasta 30 noches con un mismo huésped, salvo en la vivienda donde el propietario tiene su residencia habitual. Todavía no es definitivo: con las Cortes disueltas, tiene que convalidarlo la Diputación Permanente del Congreso antes de que venza el plazo constitucional de 30 días, a mediados de noviembre, y si no lo hace, decae y ese IVA no llegará a aplicarse.
Fuente: Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre (BOE de 7 de octubre de 2026). Lo explicamos con los dos escenarios en el IVA del 10% para pisos turísticos.
Lo que cambia para ti si se aplica
- Pasas a ser sujeto pasivo de IVA. Alta en Hacienda con el modelo 036, aunque seas un particular con un solo piso.
- Una factura por estancia. Cada reserva de 30 noches o menos lleva su factura con el 10% desglosado (simplificada hasta 400 euros, IVA incluido).
- Declaraciones periódicas. Modelo 303 cada trimestre y, salvo exoneración, el resumen anual en el modelo 390.
- Deducciones que se pierden sin orden. El IVA de tus gastos solo se recupera con facturas a tu nombre y bien archivadas.
- Y lo de siempre, que no desaparece. La inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía (sin ella no puedes anunciar la vivienda), el registro de viajeros y el resto de la normativa andaluza de viviendas de uso turístico.
Qué hacemos por ti
Alta y puesta en marcha
Coordinamos con nuestra asesoría colaboradora tu alta censal (modelo 036) y dejamos configurada la facturación antes de tu primera estancia con IVA.
Una factura por estancia
Cada reserva genera su factura conforme desde nuestro sistema de reservas, con el IVA desglosado y tus datos de emisor. Sin plantillas a mano.
Informe trimestral para el 303
Al cerrar cada trimestre recibes, y recibe tu asesoría, el resumen de bases, IVA repercutido e IVA soportado listo para presentar el modelo 303.
IVA soportado bajo control
Gestión, limpieza, comisiones de plataforma y reposiciones, con facturas a tu nombre y archivadas por trimestre para que no se pierda ninguna deducción.
Registros al día
Mantenemos tu inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía y su código en todos los anuncios, y seguimos el registro estatal para que cumplas lo que se exija en cada momento.
Registro de viajeros
Comunicamos cada entrada en SES.Hospedajes, en plazo y con los datos que pide Interior, como hacemos en todas las viviendas que gestionamos.
Lo que no hacemos: no presentamos impuestos en tu nombre ni damos asesoramiento fiscal. Los modelos los presenta nuestra asesoría colaboradora o tu asesor, con la documentación que nosotros dejamos lista.
Dos maneras de contar con nosotros
Si ya gestionamos tu vivienda
La factura de cada estancia, el informe trimestral y los registros forman parte de la gestión. Lo que cobre la asesoría por presentar tus modelos te lo decimos por escrito con la propuesta, sin sorpresas.
Si te gestionas tú
Sigues con tus reservas y nosotros nos ocupamos solo del cumplimiento: facturas, informe trimestral, IVA soportado y registros. Te damos el precio por escrito con la propuesta.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que cobrar IVA en mi piso turístico desde el 1 de diciembre?
El Real Decreto-ley 29/2026 (BOE de 7 de octubre de 2026) somete al 10% de IVA, desde el 1 de diciembre de 2026, el alquiler de viviendas amuebladas por estancias de hasta 30 noches con un mismo huésped, salvo en la vivienda donde el propietario tiene su residencia habitual. Todavía no es definitivo: con las Cortes disueltas, tiene que convalidarlo la Diputación Permanente del Congreso antes de que venza el plazo constitucional de 30 días, a mediados de noviembre, y si no lo hace, decae y ese IVA no llegará a aplicarse.
¿AltaHomes presenta mis impuestos?
No. Nosotros preparamos la parte operativa (factura de cada estancia, informe trimestral, control del IVA soportado) y los modelos los presenta nuestra asesoría colaboradora o tu propio asesor, si ya tienes uno. Tú decides con quién y firmas.
¿Qué IVA podría deducir?
Si tu alquiler pasa a tributar, el IVA de los gastos ligados a la actividad se vuelve deducible: la comisión de gestión, la limpieza y la lavandería, las comisiones de plataforma, los suministros, las reformas y el mobiliario, siempre con factura a tu nombre. Por eso conviene empezar a pedir las facturas bien desde ya.
¿Qué pasa con las reservas ya confirmadas para diciembre?
El decreto no trae ninguna regla para las reservas hechas antes: el cambio se aplica «con efectos desde el 1 de diciembre de 2026», y Hacienda todavía no ha aclarado cómo tributa una estancia de diciembre cobrada en noviembre. Si tienes reservas así, revísalas con tu asesor antes del 1 de diciembre; si gestionamos tu vivienda, te las listamos con fechas e importes. Si el decreto no se convalida, no cambia nada.
¿Necesito el número de registro único estatal?
Hoy no existe. El Tribunal Supremo anuló en mayo y junio de 2026, por falta de competencia del Estado, el procedimiento de registro único del Real Decreto 1312/2024 y la obligación de inscribirse en el Registro de la Propiedad para obtener ese número; siguen en pie la Ventanilla Única Digital y la obligación de las plataformas de transmitir datos. En Andalucía lo que cuenta es la inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía: solo puedes anunciar la vivienda después de presentar la declaración responsable, su código tiene que figurar en el justificante de pago que entregas al huésped y las plataformas lo piden al publicar el anuncio.
¿Puedo contratar solo el cumplimiento si me gestiono yo el piso?
Sí. Si ya llevas tú las reservas, podemos ocuparnos solo de la factura por estancia, el informe trimestral y los registros, coordinados con nuestra asesoría colaboradora o con la tuya. Te damos el precio por escrito con la propuesta.
Esta página informa, no asesora. Para decisiones fiscales sobre tu vivienda, habla con tu asesor. Toda la normativa, con fuentes, en nuestra guía de normativa.
Cuéntanos tu caso y te decimos qué te toca
Te responde una persona en menos de 24 horas; la propuesta por escrito, en 48 horas laborables.